El Proyecto de Constitución elaborado por la Comisión respectiva de la Junta Nacional Instituyente en marzo de 1823 a unos días de la caída del Imperio Mexicano confirma la vocación constitucional moderna que orientó en movimiento trigarante desde su origen en Iguala y en Córdoba en 1821.
Constitucionalismo moderno, es decir, liberal, si bien moderado, donde se establecieron límites claros al poder y se consagraron derechos del hombre como la libertad y la igualdad ante la ley dentro del respeto a las Tres Garantías: Independencia, Religión y Unión. Por vez primera se da a conocer este desconocido documento que no sólo habrá de iluminar y completar la historia constitucional mexicana sino la cultura jurídico-política de aquellos años todavía tan poco conocidas debido a la miopía produ- cida por una historiografía maniquea que no supo reparar en un proyecto político conciliador entre transición y modernidad, y sí en la pugna entre monarquistas y republicanos. Superada ésta, queda el ejemplo de un conjunto de publicistas» que supieron dar respuesta a la urgencia de contar con una Constitución ad hoc, así como pensar en sus posibilidades como el instrumento idóneo para salvar y consolidar al Estado mexicano a la hora de su nacimiento.
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